¿Se puede explorar a una paciente de 16 años porque lo pide su madre?

ANTECEDENTES O DESCRIPCIÓN DEL CASO

Acude a las urgencias hospitalarias una paciente de 16 años acompañada de su madre. La madre de la paciente solicita (más bien exige) que un ginecólogo de guardia explore a su hija ya que ha pasado aproximadamente 24 horas fuera del domicilio y quiere saber si su hija ha tenido relaciones sexuales o ha consumido drogas en ese período. La hija (paciente) se niega a que se le explore.

POSIBLES CURSOS DE ACCIÓN

  • Dar la razón a la madre: se fuerza la exploración.
  • Hablar con la madre.
  • Hablar con la hija (paciente).
  • Explorar y proteger la intimidad de la hija (paciente) no dando la información a la madre.
  • Dar la razón a la hija: Se rechaza hacer la exploración.

¿CUÁL SERÍA LA ACTUACIÓN MÁS RECOMENDABLE/ÓPTIMA?
De las opciones propuestas debemos elegir aquella que menos principios vulnere y que lleve a una resolución lo más consensuada posible dentro de este conflictivo familiar. Desde el punto de vista ético hay tener en cuenta que debe de respetarse, siempre que sea posible, la autonomía del paciente cuando éste sea competente para la toma de decisiones y las adopte de manera libre y voluntaria. Además, hay que recordar que los servicios de urgencias hospitalarios tienen la función de atender a pacientes que necesitan una asistencia en ese momento sin que ésta pueda demorarse ni valorarse por los servicios de atención primaria/especializada. Aparentemente, este caso no parece una situación urgente que deba ser atendida inmediatamente ni que precise asistencia sanitaria. Teniendo en cuenta los principios de justicia distributiva y el tipo de asistencia solicitada no parece que se haga un buen uso de los recursos sanitarios al atender la demanda de la madre.

Por otro lado, la exploración podría no producir bien a la paciente. Por el contrario, forzar a la paciente a realizar una exploración genital atenta contra su intimidad, su integridad (ya que de por sí resulta una exploración invasiva e incómoda para la mujer) y, además en este caso, sería innecesaria. Por tanto, se puede concluir que un médico prudente, a la vista de la valoración ética, no debe acceder a realizar la exploración ya que no aporta ningún beneficio y, en cambio, vulnera la autonomía de la paciente a costa de su bienestar y de un uso indebido de los recursos sanitarios.

¿Cómo debería gestionarse esta situación? ¿Se puede explorar a la paciente?
Por un lado, es importante dedicar tiempo tanto a la madre como a la hija. A la madre habría que preguntarle, en primer lugar, si tiene la sospecha de que puede haber existido un delito o abuso a su hija ya que esta situación es la única que, a priori, podría cambiar nuestro proceder. Si la respuesta es negativa habría que explicarle que la exploración que ella solicita no va a aportar la información que desea ya que no siempre va a poder saberse por una exploración vaginal si mantuvo relaciones sexuales y los análisis toxicológicos darían unos resultados que pueden ser de las últimas 24 horas o previos (los metabolitos de las sustancias de abuso pueden estar presentes en el organismo entre 3 días y más de dos meses después del consumo, dependiendo de la sustancia que se trate). Además, no es adecuado realizarla ya que vulnera, desde el punto de vista ético la autonomía de su hija que, a la postre, tiene también el derecho a decidir según la Ley 41/2002 . Por último, se debe de informar a la madre de que en caso de que se realizase la exploración, las conclusiones obtenidas no se le podrían contar por protección de la intimidad de su hija y por la obligación del médico de guardar el secreto profesional.

Por otro lado, sería necesario hablar con la hija y confirmar con ella que no ha sido forzada a mantener relaciones sexuales o cualquier otro delito contra la libertad sexual aclarándole que cualquier información que nos dé será confidencial y no será trasmitida a su madre. Habrá que corroborar si está realizando seguimiento ginecológico. Si no hiciese las revisiones pautadas se realizará derivación al especialista. Además, habría que confirmar que no está teniendo relaciones sexuales de riesgo y en caso afirmativo se le puede derivar, adicionalmente, a una unidad de planificación familiar o especialista. Si la paciente demandase algún tipo de asistencia sanitaria urgente en ese momento no se debe informar a la madre a este respecto siendo la hija quien se lo contará si lo considera necesario. Por último, si se estima oportuna tras la conversación con la paciente, también puede hacerse una derivación a trabajo social, centro de salud mental o cualquier otro especialista que se considere conveniente.